Manuela Obrador Narváez, familiar del presidente de México, volverá a sentarse tres años más en un curul en la Cámara de Diputados federal por el distrito con cabecera en Palenque, Chiapas.
La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la declaración de validez de la elección del Distrito Electoral Federal I donde Manuela Obrador Narváez, familiar de Andrés Manuel López Obrador, fue postulada para su reelección por la alianza “Juntos Hacemos Historia”, encabezada por el partido político Morena.
La legisladora, quien fuera denunciada por pueblos indígenas de usurpar un puesto en un distrito de mayoría originaria, ocupará por otros tres años la curul en la Cámara de Diputados.
El 4 de abril, la Red Nacional Indígena pidió tomar medidas efectivas para asegurar que todos los pueblos indígenas participen en todos los niveles de la administración pública, a través de la implementación de medidas especiales o de acción afirmativa.
Obrador Narváez ganó dicho puesto con un total de votos de 134 mil 911, lo que representó el 70 por ciento de la votación total de dicho distrito.
Además, la Sala Regional resolvió 13 juicios de inconformidad y un juicio ciudadano federal, lo que llevó a confirmar la validez de las elecciones de diputados de mayoría relativa de 10 distritos electorales federales correspondientes a los estados de Chiapas, Quintana Roo, Veracruz y Yucatán.
La semana pasada el órgano jurisdiccional confirmó la declaración de validez de los distritos electorales federales siguientes: del Distrito III con cabecera en Ocosingo, cuyo ganador fue Alfredo Vázquez Vázquez; del Distrito IV con cabecera en Pichucalco, el ganador fue Joaquín Zebadúa; y del Distrito VI con cabecera en Tuxtla Gutiérrez, Jorge Luis Llaven Abarca.
Se declaró la validez del Distrito VIII, cuyo ganador fue Ismael Brito Mazariegos; del Distrito X, Juan Pablo Montes de Oca Avendaño; y por el Distrito XII, siendo el ganador José Luis Elorza Flores.
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Fuente: TEPJF.
Edición: Juan Balboa
13 julio 2021.