El abogado Edgar Galindo Macedo, en un nuevo análisis jurídico constitucional, nos entrega sus conclusiones sobre técnica constitucional y la importancia de la dimensión formal de la Constitución.
Al respecto, señala que Siempre he sostenido que el debate en torno a las bondades de una Constitución “sumaria” o “mínima” es errado y ramplón.
Lo importante es que tal Constitución formal posea legitimidad de origen (procedimiento democrático de gestación) y de ejercicio (es decir, que contenga un estatuto del poder que asegure gobernabilidad y legitimidad del proceso político en el largo plazo).
Por último, no deja de ser una ironía que la extensión o “desarrollo” del texto escrito fuera un tema crítico en el proceso “2.0” —cuyo texto contenía 388 artículos y 57 disposiciones transitorias—; tanto así, que llegó a ser comparado con la Constitución mexicana de 1917, con más de 700 reformas a su haber.
Y, en cambio hoy, el anteproyecto del proceso “3.0”, que encaja perfectamente en el campo de las constituciones “desarrolladas”, no reciba objeción alguna por esta sola circunstancia.
Probablemente ello ejemplifica la ubicua y oportunista que fue dicha reticencia o crítica.»
Multimedios Ámbar
Al pie del Cañón
RunRún
Fuente: Prensa Latina
Foto: Inteligencia Artificial
Edición: Juan Balboa
30 julio 2021